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Funcionarios e instituciones, nunca olviden la ética


"Todo profesional que desempeñe una función pública debe poseer este valor y ponerlo en práctica en cada una de sus acciones"

Por: ANTONIO SEGUNDO VARGAS MENDOZA| octubre 21, 2020


La noción de servidor público se encuentra en el artículo 123 de la Constitución Política de Colombia de 1991, que establece lo siguiente:


Son servidores públicos los miembros de las corporaciones públicas, los empleados y trabajadores del Estado y de sus entidades descentralizadas territorialmente y por servicios. Los servidores públicos están al servicio del Estado y de la comunidad; ejercerán sus funciones en la forma prevista por la constitución, la ley y el reglamento. La ley determinará el régimen aplicable a los particulares que temporalmente desempeñen funciones públicas y regulará su ejercicio.


Pues bien, independientemente de la clasificación y desempeño de las funciones del servidor público, para la cualquier institución la ética del servidor es un tema relevante, toda vez que la palabra hace alusión a la conducta y acción de los funcionarios frente al quehacer profesional en servicio a la comunidad.

En ese mismo sentido, la teórica filosófica Adela Cortina refiriéndose a la ética nos recuerda: “es un tipo de saber de los que pretende orientar la acción humana en un sentido racional. A diferencia de los saberes preferentes teóricos, contemplativos a los que no importa en principio orientar la acción, la ética es un saber para actuar de modo racional”.

Pues bien, hay principios en el actuar ético que el funcionario público debe saber y poner en práctica como los son: el respeto, la probidad, la eficiencia, la idoneidad, la veracidad, la lealtad, la justicia y la equidad, así como algunos capacidades personales como: la neutralidad, la transparencia, el ejercicio adecuado del cargo y el uso adecuado de bienes del estado; esto para no incurrir en la obtención de ventajas personales o efectuar actividades de proselitismo político, amenazar o acosar y mantener conflictos de intereses.

En conclusión del autor Antonio .s, la ética es una conducta que está claramente relacionada con los funcionarios que se ocupan de los cargos de gestión pública, tales individuos deben actuar conforme un patrón moral, mostrando todos los valores desarrollados y adquiridos en el trasegar formativo y profesional como principios necesarios para la vida sana en la sociedad. Todo profesional que desempeñe una función pública debe poseer una ética, ponerla en cada una de sus acciones y ser capaz de pensar estratégicamente, innovar, asistir, aprender y desaprender cuando sea preciso y desarrollando formas efectivas de trabajar sirviendo ante todo a la ciudadanía razón de ser administración e institución.


el análisis que se le puede realizar a este articulo es que es muy claro citar el articulo 123 de la constitución política de Colombia donde expresa claramente que un servidor publico esta para servir a la comunidad y no para que la comunidad les sirva concepto que esta confuso en la mayoría de los servidores públicos del país que persiguen sis intereses personales e incurren en la falta de ética para luego ser puestos en tela de juicio por corrupción y diferentes temas por mal uso de sus cargos durante su "servicio" . esto es un llamado de para la sociedad colombiana en general que no construye una ética en sus electos si no que construye una política de intereses personales para favorecer unos pocos dejando de lado cualquier significado claro y real de lo que verdaderamente es ser un funcionario publico ejemplar con valores éticos morales que den ejemplo de un líder a sus seguidores pues todo empieza por dar el mejor ejemplo y que mejor que la gente que es seguido por las grandes multitudes de personas es de la única forma en cambiar el pensamiento y construcción social que se tiene de un funcionario publico en nuestro país.


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